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martes, 15 de enero de 2013

El valor de la democracia constitucional en Venezuela

El actual liderazgo político de Nicolás Maduro en Venezuela responde al autoritarismo político de Hugo Chávez y no a las reglas constitucionales de la democracia. Lo anterior es evidente en la lectura política que le ha dado el Tribunal Supremo de Justicia a la continuidad de gobierno de Hugo Chávez.


En estos días leí un documento suscrito por las organizaciones de la sociedad civil venezolana , que defiende las garantías de los derechos humanos. En dicho documento podemos leer el siguiente argumento sensato y de respeto a la democracia constitucional, dañada por las decisiones de monopolio de poder de Hugo Chávez, se lee en el documento: “1. El Estado de Derecho y la Democracia son el marco institucional propicio para el respeto, garantía y protección de los derechos humanos. El respeto a la Constitución, la independencia de los poderes públicos, la actuación de los funcionarios con sujeción al ordenamiento jurídico, el pluralismo, el respeto a las ideas de los demás, y la  responsabilidad por las violaciones de los derechos humanos son elementos sustanciales para la existencia de una sociedad democrática” (Comunicado Foro por la Vida 10.01.2012). Si existe en Venezuela un respeto por el valor de la democracia constitucional éste no proviene de las instituciones públicas, sino de voces de la sociedad civil que defienden el valor de la dignidad humana del derecho a disentir.

jueves, 9 de junio de 2011

Heartley Dean: Política Social y Derechos Humanos

Noé Hernández Cortez


Heartley Dean es profesor de Política Social en la London School of Economics and Political Science, autor de diversas investigaciones sobre los aspectos normativos de los derechos de bienestar desde el enfoque de los derechos de la política social. En este breve escrito tocaré algunos argumentos que esgrime Heartley Dean sobre las conexiones entre política social y derechos humanos. Me inspiro para ello en el artículo de Heartley Dean titulado Social Policy and Human Rights: Re-thinking the Engagement. Antes de exponer el trabajo de Heartley, me gustaría llamar la atención que Amartya Sen en el Informe Sobre Desarrollo Humano 2000 explora teóricamente las conexiones entre derechos humanos y desarrollo humano, lo que indica la actualidad académica por establecer vasos comunicantes entre los derechos del bienestar desde la perspectiva de la política social y la agenda de los derechos humanos.


Heartley Dean argumenta que los derechos del bienestar contenidos en la literatura sobre Política Social provee un soporte teórico más robusto y explícito para la agenda internacional sobre las políticas sociales del desarrollo. Contrario por ejemplo al llamado enfoque de los derechos humanos para la reducción de la pobreza en el contexto global expuesta en la agenda del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. Además, agrega Heartley, la agenda de los derechos humanos continúa marginando el estudio de los derechos sociales. Los derechos del bienestar fueron desarrollados en el trabajo de T. H. Marshall en su clásica distinción entre derechos civiles, derechos políticos y derechos sociales. Así, lo interesante del trabajo de Heartley consiste en indagar sobre las conexiones entre los contenidos académicos de la Política Social y la Agenda de los Derechos Humanos en el ámbito internacional.


En su ensayo Social Policy and Human Rights: Re-thinking the Engagement, Heartley traza tres líneas argumentativas: 1). Examina los recientes estudios sobre el enfoque de los derechos humanos para la reducción de la pobreza mundial; 2). Los derechos del bienestar continúan siendo un tema central, según Heartley,  en los debates contemporáneas debido precisamente a su situación marginal en las agendas internacionales; 3) Argumentar a favor de “la incorporación de una concepción alternativa de los derechos del bienestar como componente de la agenda de los derechos humanos”.

Ciudad de México, a 09 de junio de 2011